Si durante el período de duración del viaje una persona asegurada se ve en la necesidad de incurrir en gastos cubiertos por la póliza, los beneficios del seguro los podrá recibir de las formas siguientes:
- Si los gastos a incurrir son pequeños (inferiores a 100.00 cien CUC) y los puede asumir, solicitará la(s) factura(s) original(les) por el servicio recibido, reflejándose además los detalles del mismo. En tales casos no sería necesario notificar a la Central de Alarma de ASISTUR.
Una vez que el Asegurado regrese al territorio nacional presentará la reclamación en la Oficina de La Aseguradora entregando los documentos originales que acrediten dichos gastos y en un término no mayor de 30 días recibirá el reembolso de la suma pagada. - Ante gastos mayores e imposibles de asumir por el Asegurado, éste realizará una llamada a pago revertido a la Central de Alarma de ASISTUR a los teléfonos que aparecen reflejados en el voucher. Seguidamente ASISTUR, en contacto con su corresponsal en el país de que se trate, garantizará que el Asegurado reciba una atención personalizada y se paguen a nombre y a cuenta de La Aseguradora los gastos incurridos que estén cubiertos por la póliza, hasta los límites de las coberturas contratadas.
Si un Asegurado desea asumir los gastos cubiertos por la Póliza superiores a cien ($ 100.00) CUC, es imprescindible la notificación a la Central de Alarma de ASISTUR, aún cuando no requiera la asistencia en el país objeto del viaje. El procedimiento a seguir para el reembolso de dichos gastos se efectuará de forma similar a lo explicado anteriormente en la situación (1).













